Un gran paso histórico se dio en España a favor de la actividad física y el deporte, al ser considerados como esenciales, en respuesta a la crisis sanitaria provocada por la pandemia de COVID-19.
La declaratoria fue realizada por la Comisión de Cultura y Deporte del Congreso de los Diputados, luego de un debate de la ‘Proposición no de ley relativa a la urgente necesidad de declarar la actividad física y deporte como actividad esencial tras la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19’.
De acuerdo a la información difundida en la página oficial del Consejo General de la Educación Física y Deportiva de España (Consejo COLEF), se anota que el texto final basado en el Manifiesto elaborado y publicado por el Consejo COLEF, fue el siguiente:
«En el marco de una declaración de estado de alarma como consecuencia de una emergencia sanitaria, siempre que las circunstancias sanitarias lo aconsejen, valorar con el resto de autoridades competentes si las hubiere:
- El reconocimiento, de la Actividad Física y Deporte como “Actividad Esencial” por ser y tener un claro beneficio para la salud de las personas que lo practican, haciendo énfasis en su esencialidad desde el contexto de la pandemia sanitaria del COVID-19, dentro del marco de la declaración de la actividad física y el deporte como una cuestión de interés general, aprobada el pasado mes de octubre en la Comisión de Cultura y Deporte del Congreso de los Diputados.
- Adoptar las medidas necesarias para garantizar la protección y continuidad de los servicios profesionales prestados en el ámbito de la práctica de la actividad física y deportiva y dirigidos al conjunto de la sociedad.
- Garantizar a las personas que requieran una especial atención, por razón de la edad, capacidad física o psíquica, o patologías, que sigan recibiendo los servicios de ejercicio físico prestados por personal con cualificación en actividad física y deporte.
- Expedir certificados para la práctica físico-deportiva supervisada por personal con cualificación en ejercicio físico y deporte, para los casos en que sea necesario acreditar el desplazamiento de las personas que practiquen la actividad física y deporte.
- Este reconocimiento se verá solamente alterado de manera excepcional cuando las circunstancias sanitarias lo hagan necesario e imprescindible.»
Con información del Consejo General de la Educación Física y Deportiva de España. Imagen captura de pantalla YouTube Consejo COLEF.
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